Comunicado Nº 25/23- Pautas de aplicación art 110 (Ofrecimiento de continuidad a los Suplentes)

15.02.2023 18:55

    Al Equipo de conducción: Secretaria de Asuntos Docentes de  Mercedes informa para su conocimiento e intervención:

…Art 110.

  • C. En los casos en que el personal suplente hubiere sido desplazado por el Titular o Provisional ausente y este renovare su licencia para el próximo ciclo lectivo antes de la iniciación del mismo, el Director  del servicio deberá convocar al mismo Suplente que lo desempeñó hasta el reintegro del Titular o Provisional .  En caso que el Suplente al que le correspondiera no aceptare,  se labrará Acta dejando constancia bajo firma de su negativa, y se procederá a ofrecer la suplencia de acuerdo a lo prescripto en el Artículo 108 de esta reglamentación.
  • Deberá ofrecerse la continuidad a los docentes suplentes en cargos de base, horas y  o módulos cuando los mismos hayan cesado con posterioridad a la finalización del Ciclo Lectivo 2022,  como consecuencia de reintegro del Titular o Provisional reemplazado, y siempre que este último renovara su licencia hasta el primer día  del ciclo lectivo 2023 inclusive.-

 

Procedimiento  solo para aquellas Instituciones  que deban convocar a los suplentes:

  • Completar el Acta de prórroga de suplente

  • Traer original y copia, para ser entregada en esta SAD  para su convalidación.

 

Puede descargarse  desde el siguiente link:

Acta de prórroga de suplencia previo al Inicio del Ciclo Lectivo.

drive.google.com/file/d/1f2Z3UiUnyeQwMe13ZjnYVKl3_8pIqbKS/view?usp=share_link

        “Notificar a todo el personal bajo firma esté o no prestando servicios en el establecimiento”.

 

 

Mercedes (B), 15 de febrero de 2023

 

 

Contacto

SAD Mercedes

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