Comunicado Nº 21/23 - Inscripción PRESENCIAL a Listados 108 A y B IN FINE 2023.

14.02.2023 14:55

Al Equipo de Conducción: Secretaria de Asuntos Docentes de Mercedes INFORMA que se abre la inscripción a los Listados 108 A y B In Fine según ME-2023-03741921-GDEBA-DGADODGCYE.  

IMPORTANTE:

Inscripción a los listados  IN FINE 108 A y B 2023 de FORMA PRESENCIAL sin excepción

desde el  15/02/2023  y hasta el 31/12/2023.

 

La documentación será presentada en el distrito de inscripción, que podrá ser o no el de residencia.

En la DDJJ de inscripción el/la aspirante deberá indicar las opciones de los distritos en los que desea inscribirse.

Debe especificar entre ellos el de residencia y/o inscripción, en caso de aspirar a figurar en el mismo, ya que si no lo indica no será incluido en ellos.

 

-Se recuerda la vigencia de la RESFC-2018-326-GDEBA-DGCYE

 

INSCRIPCIÓN:

De LUNES  a VIERNES de 8.00 a 12:00 hs.

LUGAR: Secretaría de Asuntos Docentes. Calle 35 Nº 330, entre calle 14 y 16.

 

         DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN FORMATO PAPEL (en folio)

para ambos  listados

 

Cada aspirante presentará original y copia de la documentación:

 

  • Planilla de Declaración Jurada 108 A y B IN FINE. 2023 (0riginal y copia) debidamente cumplimentada, sin tachaduras ni enmiendas.
  • DNI anverso y reverso.
  • Constancia de CUIL si no está en el DNI.
  • Sólo deberán presentar el Título Secundario los docentes egresados de establecimientos de Educación Técnica y Agraria, registrados en la D.G.C.yE.  (Consejo Escolar del distrito).

Requisitos según listado a inscribirse:

PARA LISTADO 108 A IN FINE: (aspirantes con título docente o título no docente más Capacitación Docente  y que no se hayan inscripto en el Listado de Ingreso a la Docencia 2022/2023)

 

  • Título habilitante, registrado en la D.G.C.y E. (Consejo Escolar) del distrito de residencia ó Constancia de Título en Trámite (con las tres firmas Secretario, Director y Jefe Distrital).
  •  Las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades). En este caso la constancia deberá ser emitida por la institución correspondiente con la firma de las autoridades de la misma.

 

  • En caso de aspirantes con domicilio en CABA deberá registrarse en la Casa de la provincia de Bs As).

 

 

      Se tendrá en cuenta lo que consigne el/la aspirante en la Declaración Jurada y la documentación que acompañe. Es de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que establece:

 

“ARTÍCULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina. ARTÍCULO 68°: (Decreto 2485/92) Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazando para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente”.

 

PARA LISTADO 108 B IN FINE:

 

  • Constancia de alumno/a regular actualizada al momento de la inscripción. Aquellas emitidas con fecha noviembre/diciembre 2022 serán válidas para inscripción febrero/marzo/abril. Las presentaciones posteriores deberán ser actualizadas al ciclo lectivo y/o calendario académico 2023 donde se especifique el porcentaje de materias aprobadas y la condición de alumno/a regular 2023.

 

La condición de alumno/a regular es determinante para ser habilitado en Listado Complementario 108 B y su In Fine.

 

  • Las constancias que consignen que los/as aspirantes hayan aprobado el 100% de las materias y no cuentan con el certificado de título en trámite emitido por la institución educativa, (constancia oficial de las 3 firmas para el caso de institutos superiores dependientes de la provincia de Bs. As.) se considerarán con el 100% de materias aprobadas para el Ítem 1 del listado 108 B. No corresponde la inclusión en el Listado 108 A.
  • Corresponde la inclusión en este listado de los/as aspirantes que presentan títulos de profesionales y/o técnicos sin capacitación docente.

 

VERIFICACIÓN de la Inscripción:

 

El/la aspirante podrá verificar la inscripción (incumbencia y puntaje) ingresando al portal abc:   

servicios.abc.gob.ar/servaddo/puntaje.ingreso.docencia/

Puede descargarse a través del siguiente link:

 

  •  Declaración Jurada 108 A y B IN FINE

docs.google.com/document/d/1-4DxbToGomUFVSywbZo84qJI-ivn8_5i/edit?usp=share_link&ouid=104500722934336568341&rtpof=true&sd=true

  • RESFC-2018-326-GDEBA-DGCYE

drive.google.com/file/d/1D5mN8UEfnsmYm-HsrnOTIh1zKw7PND0W/view?usp=share_link

  • ME-2023-03741921-GDEBA-DGADODGCYE Inscripción Listados IN FINE  108 A y B 2023.

drive.google.com/file/d/1JrJYmQhZhb3OK4rmziIsBmpmPYYAX9bv/view?usp=share_link

*** Notificar bajo firma a todo el personal de la institución a su cargo, esté o no prestando servicio en el establecimiento y archivar en el servicio por el término de 5 años ya que podrá ser solicitada***

Mercedes (B) 14 de febrero de 2023.-

 

Contacto

SAD Mercedes

consultassadmercedes@gmail.com / sad070@abc.gob.ar

Calle 35 Nº 330 (e/14 y 16)
Mercedes (B)

02324-420680

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